lunes, 15 de abril de 2024

ANUNCIO EXPTE: 437/2024 MODIFICACIÓN DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL Y DESIGNACIÓN DE TENIENTES DE ALCALDE


EXPTE: 437/2024 MODIFICACIÓN DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL Y DESIGNACIÓN DE TENIENTES DE ALCALDE

Composición de la Junta de Gobierno Local, así como la designación de los Tenientes de Alcalde que forman parte de la misma, en la siguiente forma:

•Primer Teniente de Alcalde Doña María Elena Bailez Lobato
•Segundo Teniente de Alcalde Don José Luis del Riego Santos
•Tercer Teniente de Alcalde Doña Amada Moratinos Adiego
•Cuarto Teniente de Alcalde Don Pedro Miguel Montiel Alonso
•Quinto Teniente de Alcalde Don José Carlos Prieto Marqués


EXPTE 436/2024 RESTRUCTURACIÓN DE LAS CONCEJALÍAS DELEGADAS

Se procede a enviar en anexo copia del Anuncio que se enviará al Boletín Oficial de la Provincia de León para su publicación, una vez que se ha dado traslado al Pleno celebrado esta mañana.


ANUNCIO 

Constituida con fecha 17 de junio de 2023 la nueva Corporación resultante de las elecciones locales celebradas el 28 de mayo, en cumplimiento de lo dispuesto art. 44.2. del Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre por el que se aprueba el reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales, como consecuencia de la reestructuración producida en la composición del Grupo Popular, se hacen públicas las delegaciones siguientes a través del Decreto de Alcaldía nº 2024-130 de fecha 19 de febrero de 2024: “DECRETO DE ALCALDÍA 

ASUNTO: Restructuración de las concejalías delegadas EXPTE: 436/2024 Como consecuencia de la reestructuración producida en la composición del Grupo Popular, con el objeto de dotar de una mayor celeridad y eficacia a la actuación municipal esta Alcaldía, en uso de las facultades que le confieren los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y los artículos 43.5 b ) y 44 del Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, considera necesario proceder al establecimiento de un régimen de delegaciones de competencias a favor de diferentes Concejales/as. Considerando que, de conformidad con el párrafo precedente, la Alcaldía puede delegar el ejercicio de sus atribuciones siempre y cuando no se encuentren dentro de los supuestos previstos por el artículo 21.3 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, y por el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, artículos en los que se regulan las competencias que no pueden ser objeto de delegación. Por todo ello, esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que legalmente tiene conferidas, RESUELVE

Primero.- Efectuar a favor de D. Pedro Miguel Montiel Alonso una delegación específica de las atribuciones que a continuación se relacionan para la gestión de los asuntos relacionados con las siguientes áreas: OBRAS, URBANISMO, EMPLEO, PEDANÍAS E INFRAESTRUCTURAS DEPORTIVAS. Facultades: 

a) Dirigir, inspeccionar e impulsar la actuación municipal en estas materias que incluyen: Obras, Urbanismo, Servicio de Aguas, Cementerio Municipal, Escuela Taller y Taller de Empleo, Responsabilidad patrimonial, Bienes e Inventario, Pedanías e infraestructuras deportivas. 

b) Representar al Excmo. Ayuntamiento de La Bañeza en estas materias, salvo que se trate de la firma de convenio que supongan cualquier tipo de obligación para esta Corporación o actos a los que asista personalmente el Alcalde. 

c) Proponer sanciones por falta de obediencia a la autoridad del Alcalde o por infracción de Ordenanzas municipales dentro de estas materias, previa tramitación del correspondiente expediente. 

d) Proponer la resolución de los asuntos que se tramiten dentro de estas materias.

e) Realizar propuestas de gastos dentro de estas materias. 

f) Proponer la solicitud de subvenciones relacionadas con estas materias, así como realizar el seguimiento y control de las mismas. 

g) En ningún caso se incluye la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros. Segundo.- Efectuar a favor de D. José Carlos Prieto Marqués una delegación específica de las atribuciones que a continuación se relacionan para la gestión de los asuntos relacionados con las siguientes áreas: DEPORTES, PROMOCIÓN FERIAL Y RELACIONES CON LA HOSTELERÍA. 

Facultades: 

a) Dirigir, inspeccionar en impulsar la actuación municipal en estas materias que incluyen: Clubes Deportivos, Promoción del Deporte Base y Fomento de actividades deportivas, Semana Santa a partir de principios del año 2025, Ferias y Relaciones con la Hostelería. 

b) Representar al Excmo. Ayuntamiento de La Bañeza en estas materias, salvo que se trate de la firma de convenio que supongan cualquier tipo de obligación para esta Corporación o actos a los que asista personalmente el Alcalde. 

c) Proponer sanciones por falta de obediencia a la autoridad del Alcalde. o por infracción de Ordenanzas municipales dentro de estas materias, previa tramitación del correspondiente expediente. 

d) Proponer la resolución de los asuntos que se tramiten dentro de estas materias. 

e) Realizar propuestas de gastos dentro de estas materias.

f) Proponer la solicitud de subvenciones relacionadas con estas materias, así como realizar el seguimiento y control de las mismas. 

g) En ningún caso se incluye la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros. 

Tercero.- Efectuar a favor de Doña María Elena Bailez Lobato una delegación específica de las atribuciones que a continuación se relacionan para la gestión de los asuntos relacionados con las siguientes áreas: MEDIO AMBIENTE, SEGURIDAD CIUDADANA, COMERCIO Y DESARROLLO ECONÓMICO. Facultades: 

a) Dirigir, inspeccionar e impulsar la actuación municipal en estas materias que incluyen: Licencias Medioambientales, Servicio de Limpieza y Recogida de Basuras, Parques y Jardines, Plaza de abastos, Mercado Semanal, Piscina de verano, Policía, Tráfico, Terrazas y Servicio de O.R.A., promoción del comercio y actividades económicas.

b) Representar al Excmo. Ayuntamiento de La Bañeza en estas materias, salvo que se trate de la firma de convenio que supongan cualquier tipo de obligación para esta Corporación o actos a los que asista personalmente el Alcalde. c) Proponer sanciones por falta de obediencia a la autoridad del Alcalde o por infracción de Ordenanzas municipales dentro de estas materias, previa tramitación del correspondiente expediente. 

d) Proponer la resolución de los asuntos que se tramiten dentro de estas materias. 

e) Realizar propuestas de gastos dentro de estas materias. 

f) Instruir los expedientes sancionadores en materia de tráfico y servicio de O.R.A. 

g) Proponer la solicitud de subvenciones relacionadas con estas áreas, así como realizar el seguimiento y control de las mismas. 

h) En ningún caso se incluye la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros. 

Cuarto.- Efectuar a favor de D. José Luis del Riego Santos una delegación específica de las atribuciones que a continuación se relacionan para la gestión de los asuntos relacionados con las siguientes áreas: CULTURA Y RELACIONES INTERNACIONALES. Facultades: 

a) Dirigir, inspeccionar e impulsar la actuación municipal en estas materias que incluyen: Archivo y Biblioteca municipal, Centro Cultural y Sala de exposiciones, Teatro, Semana Santa hasta finales del año 2024, UNED, Intercambios y Hermanamientos con otras ciudades, Relaciones intermunicipales de ámbito nacional e internacional y relaciones con los medios. 

b) Representar al Excmo. Ayuntamiento de La Bañeza en estas materias, salvo que se trate de la firma de convenio que supongan cualquier tipo de obligación para esta Corporación o actos a los que asista personalmente el Alcalde. 

c) Proponer sanciones por falta de obediencia a la autoridad del Alcalde o por infracción de Ordenanzas municipales dentro de estas materias, previa tramitación del correspondiente expediente. 

d) Proponer la resolución de los asuntos que se tramiten dentro de estas materias. 

e) Realizar propuestas de gastos dentro de estas materias. 

f) Proponer la solicitud de subvenciones relacionadas con estas materias, así como realizar el seguimiento y control de las mismas. 

g) En ningún caso se incluye la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Quinto.- Efectuar a favor de Doña Amada Moratinos Adiego una delegación específica de las atribuciones que a continuación se relacionan para la gestión de los asuntos relacionados con las siguientes áreas: 

SERVICIOS SOCIALES, PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y EDUCACIÓN. Facultades: 

a) Dirigir, inspeccionar e impulsar la actuación municipal en estas materias que incluyen: CEAS y otros servicios sociales, Edificio de usos múltiples, Hogar del Jubilado, Centro de día Alzheimer, Asociaciones y Colegios “San José de Calasanz” y “Teleno”. 

b) Representar al Excmo. Ayuntamiento de La Bañeza en estas materias, salvo que se trate de la firma de convenio que supongan cualquier tipo de obligación para esta Corporación o actos a los que asista personalmente el Alcalde. 

c) Proponer sanciones por falta de obediencia a la autoridad del Alcalde o por infracción de Ordenanzas municipales dentro de estas materias, previa tramitación del correspondiente expediente. 

d) Proponer la resolución de los asuntos que se tramiten dentro de estas materias. 

e) Realizar propuestas de gastos dentro de estas materias. 

f) Proponer la solicitud de subvenciones relacionadas con estas materias, así como realizar el seguimiento y control de las mismas. 

g) Presidir las sesiones de la Comisión de ingreso en viviendas municipales cedidas para acoger a mujeres víctimas de violencia. 

h) En ningún caso se incluye la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros. 

Sexto.- Efectuar a favor de Doña María del Carmen Macho Martínez una delegación específica de las atribuciones que a continuación se relacionan para la gestión de los asuntos relacionados con las siguientes áreas: 

FIESTAS, JUVENTUD E IGUALDAD. Facultades: 

a) Dirigir, inspeccionar e impulsar la actuación municipal en estas materias que incluyen: Festejos y Fiestas Populares, Fiesta de las Comarcas, Peñas, Banda Municipal, Escuela de Música, Ludoteca, Guardería Municipal, Escuela Infantil, Juventud y Mujer. 

b) Representar al Excmo. Ayuntamiento de La Bañeza en estas materias, salvo que se trate de la firma de convenio que supongan cualquier tipo de obligación para esta Corporación o actos a los que asista personalmente el Alcalde. 

c) Proponer sanciones por falta de obediencia a la autoridad del Alcalde o por infracción de Ordenanzas municipales dentro de estas materias, previa tramitación del correspondiente expediente. d) Proponer la resolución de los asuntos que se tramiten dentro de estas materias.

e) Realizar propuestas de gastos dentro de estas materias. 

f) Proponer la solicitud de subvenciones relacionadas con estas materias, así como realizar el seguimiento y control de las mismas. 

g) En ningún caso se incluye la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros. 

Séptimo.- Las atribuciones delegadas se deberán ejercer en los términos y dentro de los límites de esta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas por sus titulares en otro órgano o concejal/a. 

Octavo.- De conformidad con lo dispuesto por el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, estas delegaciones tendrán efecto desde el día siguiente a la fecha de este Decreto, fecha en la que quedan sin efecto los anteriores decretos de delegación, y serán de carácter indefinido, sin perjuicio de la potestad de avocación de esta Alcaldía. 

Noveno.- Notificar esta resolución al Concejal/a delegado/a, entendiéndose aceptada la competencia delegada de forma tácita si dentro del plazo de las 24 horas siguientes no se manifiesta nada en contra o se hace uso de la delegación. Décimo.- Dar cuenta al Pleno de esta resolución en la primera sesión que tenga lugar, y publicar su texto en el Boletín Oficial de la Provincia de León, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículos 44.2 y 44.4 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre”. 

EL ALCALDE FDO.: JAVIER CARRERA DE BLAS Fecha y firma digital

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