Las sanciones por derribo de los mismos
tienen multas que van desde los 300.000 a los 3 millones de euros
El
Ayuntamiento bañezano viene observando desde hace algún tiempo el deterioro y
abandono de algunos edificios de la ciudad, que se encuentran dentro del
catálogo urbanístico de protección.
A
principios de año, personal del Ayuntamiento bañezano comprobó que en dos
edificios catalogados de la ciudad, se habían desprendido parte de las
balaustradas, del frente de los inmuebles, amenazando con caídas de cascotes
hacia la vía pública, con el correspondiente peligro que ello conlleva.
Los
dueños de los edificios recibieron una carta, emitida desde el Ayuntamiento,
donde se les explicaba que la conservación de los bienes inmuebles es deber
legal de los propietarios, conforme señala el artículo 8 de la Ley 5/1999, de 8
de abril de Urbanismo de Castilla y León y el artículo 19 del Reglamento de Urbanismo
de Castilla y León, y que en un plazo de 10 días debían proceder a la
restauración y consolidación de los elementos dañados que amenazaban con
desprenderse, debiendo respetarse las condiciones estéticas y volumétricas de
todos los elementos del edificio puesto que se trata de un inmueble incluido en
el catálogo urbanístico de protección.
Se
les comunicaba también que en caso contrario el Ayuntamiento dictaría la
correspondiente “Orden de Ejecución por Razones de Seguridad y Salubridad”, con
incoación de expediente sancionador en caso de incumplimiento y la ejecución
subsidiaria a cargo del obligado, dicho en otra palabras, que sería el
Ayuntamiento quien acometiera la reforma pasándole la cuantía al propietario.
De
los dos edificios, uno situado en la Plaza Mayor y el otro en la calle David
González, esquina Escultor Ribera, sólo este último no ha realizado aún lo que
se le pedía puesto que pidió una ampliación al requerimiento del Ayuntamiento,
de los 10 días a 90, que le fue concedida, siempre que todas las obras de
reparación estuvieran finalizadas en el citado plazo, que finaliza el 11 de
junio.
El
Ayuntamiento quiere informar también que este tipo de infracciones se
clasifican, dentro del Relamento de Urbanismo de Castilla y León, como muy
graves, graves y leves. Dentro de las primeras destaca la demolición del
inmueble, con multas de 300.000 a 3 millones de euros, siendo responsables el
propietario, el promotor de los actos y, en su caso, el constructor, los
técnicos que dirijan las obras y las entidades prestadoras de servicios.
El
Ayuntamiento de La Bañeza, a través de la concejalía de Urbanismo, trabajará y
controlará los edificios que se encuentren en estado de abandono, tanto si
están catalogados como si no, sancionando al que no cumpla el Reglamento en
este sentido.