martes, 28 de enero de 2020

Aclaración con respecto a la extinción del Convenio firmado con la Fundación de Joyería e indumentaria Familia Carvajal Cavero

COMUNICADO AYUNTAMIENTO DE LA BAÑEZA

Ante las informaciones difundidas en las últimas horas con respecto al supuesto cierre del Museo de las Alhajas en la Vía de la Plata, el Ayuntamiento de La Bañeza quiere afirmar lo siguiente:
- La extinción del convenio firmado con fecha 1 de octubre de 2010 entre el entonces Alcalde de La Bañeza, José Miguel Palazuelo y los representantes de la Familia Carvajal Cavero para la creación de una Fundación denominada “Fundación Joyería e indumentaria Familia Carvajal Cavero”, así como el firmado posteriormente con fecha 1 de agosto de 2011, no se ha producido por decisión unilateral del actual equipo de gobierno del Ayuntamiento de La Bañeza presidido por el Alcalde Javier Carrera de Blas.
- Con fecha 1 de octubre de 2015, fue aprobada la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, cuya entrada en vigor se produjo un año más tarde, con fecha de 2 de octubre de 2016, en cuyo artículo 49 letra h) 1º se establece que los convenios o acuerdos con efectos jurídicos adoptados por las Administraciones Públicas con sujetos de derecho privado para un fin común, “deberán tener una duración determinada, que no podrá ser superior a cuatro años, salvo que normativamente se prevea un plazo superior”.
- Así, y en lo relativo a la duración, el Convenio firmado entre el Ayuntamiento de La Bañeza y la Fundación de Joyería e indumentaria Familia Carvajal Cavero el 1 de agosto de 2011, especifica en su acuerdo quinto que: “la duración del presente convenio finalizará el 31 de diciembre de 2029, en dicha fecha, los fondos volverán a la familia Carvajal Cavero de forma inmediata, facilitando tanto el Ayuntamiento como la Fundación su salida del museo o lugar en el que se hallen depositados, poniéndolos a disposición de la Familia Carvajal Cavero, con las oportunas garantías”.



- Adicionalmente, la propia Ley 40/2015 antes citada establece en su artículo 49 letra f) que los convenios deberán incluir “Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. Este mecanismo resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto de los convenios”.
- Ninguno de los dos Convenios suscritos entre el Ayuntamiento de La Bañeza y la Fundación de Joyería e indumentaria Familia Carvajal Cavero, incluía esta previsión en su articulado.
- La misma Ley 40/2015 en su Disposición adicional octava, relativa a la Adaptación de los convenios vigentes suscritos por cualquier Administración Pública e inscripción de organismos y entidades en el Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local, establece en su punto 1º que “Todos los convenios vigentes suscritos por cualquier Administración Pública o cualquiera de sus organismos o entidades vinculados o dependientes deberán adaptarse a lo aquí previsto en el plazo de tres años a contar desde la entrada en vigor de esta Ley”.
- Ante las dudas suscitadas en relación a la vigencia de los convenios aquí mencionados, con fecha 17 de septiembre de 2019 se emitió un Informe de la Abogacía General del Estado sobre la vigencia de los convenios administrativos cuya adaptación a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, no haya tenido lugar el 2 de octubre de 2019, en el que establece lo siguiente:
- “la falta de adaptación en plazo de un convenio (impuesta como obligatoria, se insiste, en una disposición adicional de la misma norma legal) determinará, necesariamente, la extinción sobrevenida de dicho convenio”.
- “La conclusión anterior, derivada del criterio de interpretación lógico, coincide con el resultado de la interpretación teleológica o finalista. Si, como se ha indicado, la nueva regulación de la LRJSP responde a las demandas formuladas
por el Tribunal de Cuentas, que recomendaba delimitar con precisión el marco jurídico de los convenios administrativos con objeto de facilitar su adecuado seguimiento y control, esa misma finalidad concurre tanto en los convenios nuevos (los celebrados a partir de la entrada en vigor de la LRJSP) como en los preexistentes a dicha Ley. No tendría sentido que el legislador someta a los convenios nuevos a unos precisos, e incluso rígidos, requisitos materiales y formales, y que subsistan convenios preexistentes que no respeten el contenido mínimo de la nueva Ley, cuando unos y otros son instrumentos a través de los cuales se canaliza el gasto público y han de someterse al mismo régimen de seguimiento y control”.
- “Resulta evidente que la finalidad de controlar el gasto y la correcta gestión de los fondos públicos concurre tanto en los convenios que se celebren ex novo como en los convenios preexistentes, respondiendo la exigencia de adaptación de la disposición adicional octava de la LRJSP a la voluntad del legislador de imponer el contenido de la nueva regulación a todos los convenios administrativos existentes sin distinción. De todo ello se desprende que la falta de adaptación de un convenio a la LRJSP (Ley de Régimen Jurídico del Sector Público), una vez expirado el extenso plazo de adaptación previsto en la norma, determinará la pérdida de eficacia del mismo, pues no resulta acorde a la voluntad del legislador mantener o perpetuar la vigencia de convenios cuyo contenido no se ajuste plenamente a la nueva regulación”.

- El plazo de tres años establecido en la Ley 40/2015, venció el pasado día 2 de octubre de 2019, razón por la cual, al no ajustarse al contenido mínimo y necesario, ambos Convenios se entienden extinguidos desde el 2 de octubre de 2019.
Por este motivo y siguiendo los cauces reglamentarios, el pasado día 24 de enero de 2020 se procedió a notificar a los representantes de la Fundación de Joyería e indumentaria Familia Carvajal Cavero, la extinción de dichos convenios, emplazándoles para la negociación y redacción de un nuevo Convenio ajustado a las exigencias legislativas.
Por todo lo anteriormente expuesto, el Ayuntamiento de La Bañeza quiere manifestar que la extinción de dichos Convenios se ha producido de forma totalmente sobrevenida, sin mediar intervención alguna por su parte, viéndose obligado por ello, y bajo el cumplimiento de la legalidad, a la firma de un nuevo Convenio acorde con la Ley anteriormente citada.
Igualmente, desde el actual equipo de gobierno queremos manifestar que la negociación y actualización de dichos Convenios a la legalidad vigente, debería haberse realizado previamente por el anterior equipo de gobierno dirigido por el Sr. Palazuelo, quien con su desidia e inactividad, tras tener total conocimiento de la adopción de dicha Ley en 2015 y de su entrada en vigor un año más tarde, fue quien verdaderamente mostró un total desprecio por el mantenimiento, fomento y preservación del Museo de las Alhajas.
- El actual Alcalde de La Bañeza, Javier Carrera de Blas y todo su equipo, han mostrado desde su toma de posesión, su apoyo personal e incondicional al Museo de las Alhajas y a la colección que alberga, fomentado y promoviendo su visita y su difusión a través de los medios de comunicación, por medio de la contratación de publicidad, su difusión en ferias de turismo y, más recientemente, la grabación, por primera vez, de un reportaje emitido hace breves fechas en Televisión de León.
- La única y verdadera razón de la notificación enviada a los representantes de la Fundación de Joyería e indumentaria Familia Carvajal Cavero el pasado día 24 de enero, no fue otra que la de adaptar los Convenios a la legalidad vigente, garantizando de esta manera y con todas las garantías legales, la pervivencia de un museo y una colección que entendemos consubstancial a la historia y devenir de nuestra querida ciudad de La Bañeza.

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